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Ofrecemos asesoramiento y asistencia para el cobro de deudas comenzando con la carta certificada de amonestación para continuar con el procedimiento de seguimiento y siguiendo con el auto de medida cautelar y la solicitud de embargo, consultando con el cliente el procedimiento más adecuado, ya sea el de bienes muebles o el de terceros o el inmobiliario.
Siempre se exige el reembolso de los gastos por adelantado en concepto de timbres fiscales y costes de notificación.